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CAL, 20 de diciembre de 2024

Interior de un contenedor de “orgánica” con bolsas no compostables y contenido inidentificable
La CAL rechaza en su totalidad, por ilegal a la luz de la ley 7/22 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la nueva Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por recogida, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, tal y como ha justificado en la reclamación presentada ante el Ayuntamiento , de acuerdo al edicto de aprobación inicial de dicha ordenanza por los siguientes motivos:
1.- Los datos oficiales de recogida y tratamiento de los residuos no cumplen con lo establecido por la ley, como queda establecido en el informe realizado por la CAL a tal efecto.
2.- La ordenanza que regula la tasa es incapaz de aplicar el principio rector de la ley: quien contamina paga pues no se ha previsto un sistema de recogida que lo posibilite.
3.- Impide la bonificación REAL a la ciudadanía que sí separa sus residuos, pues se bonificará a cualquiera QUE ABRA el contenedor de materia orgánica (máximo una vez al día).
4.- No se ha dado a conocer el informe técnico económico, que debe formar parte inexcusable del expediente de aprobación, según lo especificado en el artículo 25 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
5.- La propuesta de reparto de la carga económica de la tasa es errónea e injusta pues se carga a los hogares —sin ninguna justificación—el 82,28% del coste del servicio. En Alicante, la generación de residuos del sector servicios es prácticamente igual a la del conjunto de los hogares.
6.- El sistema actual de recogida impide obtener buenos índices de separación, de forma que las decenas de millones de euros que se invierten en la mejora de las instalaciones de tratamiento se tiran literalmente a la basura pues, por poner solo un ejemplo, se pierden millones de kWh anuales en electricidad que no se ha producido, además de que el destino final de la mayoría de los residuos es el vertedero (gases efecto invernadero, y cientos de miles de euros en los impuestos correspondientes). Por todo ello, la CAL exige al Ayuntamiento que cumpla con sus obligaciones, tanto legales como morales, y establezca las medidas necesarias, incluidos los incentivos económicos que marca la ley, para que la participación de la población y de los productores de biorresiduos en general, sea la mayor posible: todos los hogares deben tener una tarjeta de acceso (con la información suficiente y adecuada) al sistema de recogida de residuos y a los beneficios recogidos en la legislación
