Texto fundacional de la CAL

Coordinadora Alicante Limpia (CAL), a 20 de septiembre de 2020

Mi barrio limpio

«[…] la aplicación de la Ordenanza es responsabilidad de múltiples servicios de nuestra Administración pero con demasiada frecuencia no podemos sino deplorar que se ignore la Ordenanza y que su aplicación sea absolutamente laxa.»

Mi barrio, mi partida rural, mi Alicante, porque mi significa que, en primera persona, estoy directamente involucrado con Mi Barrio Limpio. Soy el primer responsable en hacer que mi ciudad sea limpia.

Lata tirada en el asfalto, botella que rueda por el suelo, papel y restos de comida abandonados en una escalera, sobre una acera, en un parque público… olvidando que hay una papelera, a menudo a escasos metros. De esto yo soy responsable.

El abandono de pequeños desechos en los espacios públicos sigue siendo un problema importante y este simple gesto tiene repercusiones considerables sobre el medio ambiente, sobre la salud y también sobre la sensación de inseguridad, sin contar las miles de horas dedicadas cada año a la limpieza de nuestro espacio público.

Con la Ordenanza Municipal de Limpieza, la población dispone no solo de reglas de conducta sino que, además, las autoridades poseen una herramienta para corregir los comportamientos o las acciones incívicas que perjudican a toda la ciudadanía.

Contrariamente a lo que algunas personas parecen pensar, la aplicación de la Ordenanza es responsabilidad de múltiples servicios de nuestra Administración pero, con demasiada frecuencia, no podemos sino deplorar que se ignore la Ordenanza y que su aplicación sea absolutamente laxa.

¿Qué acciones se implementan para velar por el cumplimiento de la Ordenanza municipal? ¿Qué medios se emplean para la prevención de conductas impropias y para facilitar la aplicación de la Ordenanza municipal de limpieza?

He aquí una lista de situaciones cotidianas que se recogen en la Ordenanza Municipal de Limpieza:

  • Las obligaciones de los propietarios de mascotas (arts. 28-30)
  • Los grafitis, tags y pintadas (art. 42)
  • Los propietarios de solares y parcelas (arts. 26-27)
  • Los titulares de establecimientos que ocupan la vía pública (art. 9)
  • Los Propietarios o administradores o Usuarios de inmuebles (arts. 24-25)
  • Los actos vandálicos (art. 5.5)

Los artículos 1 y 5.5 aclaran las responsabilidades y obligaciones del Ayuntamiento y de su funcionariado.

¿Qué hay de la prevención? ¿Qué hay de la represión?

Es cierto que existe un sector de la población que se niega a acatar ningún tipo de norma, sin embargo, existe un capítulo entero (Título VIII) de la Ordenanza consagrado a las Infracciones y Sanciones.

En caso de actos de vandalismo que requieran intervenciones de reparación o rehabilitación, los tiempos de reacción para corregir la situación hoy son generalmente muy largos, demasiado largos.

Este es el mismo caso que se aplica a los edificios, pavimentos e infraestructuras deterioradas de la ciudad. Es el Ayuntamiento quien tiene la obligación de aplicar la normativa en vigor, así como de implementar políticas rigurosas para el mantenimiento de los bienes comunes.

Gestión de la limpieza viaria

La gestión del servicio público de limpieza viaria, que implica las calles, las avenidas, otros viales, las plazas y los parques de dominio público, tanto del casco urbano como de los núcleos de población diseminados del municipio, es objeto de un contrato entre la UTE (Unión Temporal de Empresas) y nuestro Ayuntamiento.

El objeto de dicho contrato es la limpieza integral periódica de todos los espacios públicos de la ciudad, además de la recogida y el tratamiento de los residuos domiciliarios.

Sin embargo, el pliego de prescripciones técnicas de dicho contrato establece que: «[…] si para alcanzar un grado de limpieza o higiene adecuado fuere necesario aumentar la cantidad o la frecuencia de los medios ofertados, ello deberá realizarse de inmediato sin coste adicional alguno para el Ayuntamiento. […] El contratista deberá disponer de los suficientes medios de control, técnicos y humanos, para conocer diariamente, tanto al comienzo de su actividad como al final, el estado de limpieza e higiene de la ciudad».

Por desgracia, la realidad cotidiana nos devuelve una imagen muy diferente de la situación. El informe OCU de abril de 2019 coloca a Alicante como la segunda ciudad más sucia de España.

Ciertamente, los flagrantes y múltiples incumplimientos del contrato por parte de la UTE forman parte importantísima de la ecuación, pese a que el contrato prevé todo un capítulo para evaluar el control de calidad de la limpieza, así como penalizaciones para sancionar los incumplimientos que se produzcan. Es evidente que no se aplica ni control ni penalizaciones, pues la situación, lejos de mejorar empeora día a día.

Señor alcalde, concejales y concejalas: ya es hora de implementar las medidas que existen y son de obligado cumplimiento para que el servicio de limpieza, que paga la ciudadanía y muy caro, por cierto, dé el resultado al que obliga tanto el contrato como la ordenanza municipal.

Disponer, como en la actualidad, de un sistema de calidad basado esencialmente en el control del trabajo de los empleados de la UTE no es suficiente para concluir sobre el grado de limpieza de la ciudad. El control del trabajo debe completarse con la determinación y seguimiento de un parámetro objetivo: el grado de suciedad de la vía pública que se determina por mediciones realizadas de forma aleatoria en diversos puntos de la ciudad y en diversas franjas horarias, de tal forma que los datos sean representativos de la realidad de cada zona, cada barrio. Los servicios de la administración deberán, entonces, asociar a los ciudadanos de los diferentes barrios de la ciudad para el seguimiento y la evolución de la calidad de la Limpieza local.

El sistema de recogida de residuos es la principal fuente de suciedad de nuestra ciudad. El uso de contenedores de grandes dimensiones elegido en la contrata actual para optimizar el servicio provoca la multiplicación, en toda la ciudad, de espacios públicos contaminados por el abandono de residuos alrededor de los contenedores.

El sistema de aportación del tipo por “Áreas de aportación”, con un radio de cobertura de entre 100 y 300 metros, supone un mayor esfuerzo para los usuarios, que deben recorrer mayores distancias. Las islas de contenedores con las fracciones valorizables (vidrio, envases ligeros, papel-cartón y biorresiduos), separadas o no, de la fracción resto, es un modelo no muy recomendable, ya que no favorece la recogida separada.

En la práctica, la recogida de residuos reciclables en Alicante no supera el 15% de la totalidad de los residuos recogidos. Para mejorar los rendimientos sería necesario pasar a la aportación por «áreas de acera», para la cual el radio de cobertura se reduce a 50 metros.

No obstante, existen otras soluciones, como los contenedores «quita y pon» o el sistema «puerta a puerta», elegido e impuesto por el PIRCVA 2019 para las ciudades de más de 50.000 habitantes. Lamentablemente, el pliego para la redacción de la documentación del futuro plan local de residuos está más orientado hacia la continuidad.

En cualquier caso, además de las cantidades en juego (objetivo de cantidades actuales del 50% e incluso del 67% a finales de 2022), se han de tener en cuenta otros criterios, tales como la calidad de los productos, el contexto local de la implantación del sistema o sistemas idóneos, etc.

Todo ello requiere un importante trabajo de análisis y preparación pero, en los últimos años, cuando las circunstancias lo permitían (quinto contenedor, recogidas selectivas para bares y restaurantes, etc.) no se ha llevado a cabo ningún trabajo digno de reseñar en este sentido.

A ello se añaden orientaciones claras sobre la gestión de otros tipos de residuos (RAEEs, voluminosos y enseres, escombros, textiles, vegetales, etc.), de la implantación de los (4) ecoparques y ecoparques móviles, siempre en el sentido de favorecer soluciones, al servicio de los ciudadanos, que preserven la limpieza de la ciudad y, a continuación, aplicar las medidas que responsabilicen al ciudadano.

Finalmente mencionaremos el CETRA de Fontcalent (Centro de tratamiento, recuperación y eliminación de los residuos), ya que su explotación, funcionamiento y, en cierta medida, su diseño, no se ajustan a los requisitos establecidos en la Autorización Ambiental Integrada (AAI) concedida en 2007.

El rendimiento global de recuperación de materiales de la planta de tratamiento (a excepción hecha de la materia orgánica) se sitúa, año tras año, entre el 4% y el 4,5%, mientras que la generación de rechazos producidos oscila entre el 64% y el 68%. Sin embargo, las exigencias actuales son del 9% y del 42% respectivamente (¡objetivo del 30% a finales de 2022!).

A ello se añade la mala gestión del bien público que representa el vertedero, en particular desde los últimos tres años, en que se registran importantes cantidades de materiales enterrados, además de los rechazos de la planta de tratamiento para el que está prioritariamente destinado. Se trata de varios cientos de miles de toneladas de materiales que aceleran la reducción de la vida útil de este vertedero y oscurecen el balance medioambiental de este sitio y sus alrededores (sin contar con los costes para la cartera del contribuyente alicantino o la preservación del medio ambiente que debemos transmitir a las generaciones futuras).

Los términos «jerarquía de residuos», «economía circular» o incluso la Agenda 2030 parece que son ignorados por nuestros ediles pese a que están presentes en los textos legislativos que regulan las obligaciones de nuestras autoridades.

En la gestión de residuos, una situación como la de la ciudad de Alicante requiere años de trabajo realizado con determinación y paciencia. Las decisiones apresuradas suelen dar lugar a soluciones poco satisfactorias.

Por ejemplo, ¿sobre qué bases se decidió separar las operaciones de limpieza viaria de la de recogida y tratamiento de residuos? ¿No sería más lógico licitar un lote teniendo en cuenta las interacciones entre las actividades, o tres lotes, puesto que una de las empresas de la actual UTE es propietaria del terreno de la 5ª celda, por lo que está muy implicada en el desarrollo del sistema de eliminación de residuos, lo que podría descartar propuestas originales por las operaciones de recogida?

La Coordinadora Alicante Limpia (CAL) ha decidido trabajar por Alicante y revertir la situación mediante acciones y campañas para exigir al máximo responsable del Ayuntamiento, señor Barcala, y al concejal del área de Limpieza, señor Villar, así como a todas las personas integrantes de la corporación municipal de nuestra ciudad que cumplan y hagan cumplir tanto las ordenanzas como el contrato de limpieza.

La CAL está abierta a todas las asociaciones y personas que quieran vivir en un entorno limpio, verde y sostenible. Por el bien y en interés de las generaciones presentes y futuras.


Coordinadora Alicante Limpia (CAL) | NIF: G10624435 | N.R.: CV-01-063080-A

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